El Convenio del Metal de Madrid para electricistas, explicado sin tecnicismos
El convenio decide tu salario mínimo, tus pluses, tu jornada y tus vacaciones. Si curras de electricista en Madrid en una empresa instaladora, casi seguro te aplica el Convenio del Metal de Madrid. Te explicamos qué dice, qué cobras como mínimo y dónde está la letra pequeña.
¿Qué convenio me aplica: Metal o Construcción?
Es la primera duda, y es importante porque cambian los pluses y los carnés que necesitas:
- Convenio del Metal de Madrid (Industria, Servicios e Instalaciones del Metal): el de las empresas instaladoras puras. Es el más habitual para un electricista de obra y reforma.
- Convenio General de la Construcción: solo si tu empresa trabaja habitualmente como subcontrata en obra civil/edificación. Exige PRL específico de construcción y la TPC (Tarjeta Profesional de la Construcción).
Muchas instaladoras tocan obra, así que en la práctica vas a oír hablar de los dos. Pregunta siempre bajo cuál te contratan.
El salario mínimo de 2026
El Convenio del Metal de Madrid (vigencia 2024–2026) subió un 2% para 2026, publicado en el BOCM nº 59 de 11 de marzo de 2026. El mínimo del grupo de Operario (Grupo 5) queda en:
22.263,68 €/año brutos — es decir, 1.590,26 €/mes en 14 pagas. Es el suelo legal para ese grupo. El mercado paga por encima: un oficial de 1ª se mueve de hecho entre 24.000 y 32.000 €.
Una sorpresa que conviene saber: en el Convenio del Metal, el Oficial 1ª y el Oficial 2ª comparten grupo en el salario base; la diferencia de verdad la pone cada empresa. Y el peón y el Oficial 3ª comparten otro grupo. Por eso dos webs de nóminas te dan cifras distintas: fíate del BOCM.
Los pluses (donde está el dinero de verdad)
El base es solo una parte. El convenio fija complementos que cambian mucho la nómina:
| Concepto | 2026 |
|---|---|
| Kilometraje | 0,26 €/km (o lo que Hacienda exente, si es mayor) |
| Dieta completa (líneas eléctricas) | 47,36 € |
| Media dieta | 12,14 € |
| Horas extra | Pagadas o compensables por 1h45min de descanso |
| Antigüedad | Quinquenios |
| Pagas | 14 (o 12 con prorrateo) |
Jornada
La jornada del convenio ronda las 1.756 horas efectivas en 2026 (tras las horas de libre disposición), según el BOCM nº 59 de 11/03/2026. En el día a día se traduce en lo de siempre en una empresa seria: L–J de 8 a 18 y viernes hasta las 14, con jornada intensiva en julio y agosto. Las horas que hagas de más se pagan o se descansan; no se "cuelan".
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